viernes, 29 de julio de 2011

Conclusiones del Pacto Europeo para la Salud y el Bienestar Mental: Resultados y actuación futura

Desde 2008, momento en que el Consejo Europeo adoptó el Pacto Europeo por la Salud y el Bienestar Mental, la Comisión Europea ha venido realizando en el transcurso de estos años una serie de conferencias temáticas sobre cada una de las cinco áreas de acción que se consideraron prioritarias:
1)    El fomento de la salud y el bienestar mental de niños y jóvenes
2)    La prevención de la depresión y del suicidio
3)    El fomento Salud y bienestar mental en las personas mayores
4)    El fomento de la inclusión social y la lucha contra la estigmatización para mejorar la salud y el bienestar mental
5)    El fomento de la salud y el bienestar mental en el entorno laboral
Todas estas conferencias han tenido como objetivo llegar a unas conclusiones que pudieran derivar en la mejora de la atención a la Salud Mental, haciendo de las medidas consensuadas una realidad en el marco europeo. En este momento, tras la finalización del ciclo completo de conferencias, la Comisión Europea ha elaborado un documento (Conclusiones del Consejo: El Pacto Europeo para la Salud y el Bienestar Mental: Resultados y actuación futura; 6 de junio de 2011), donde se insta a los Estados miembros a que den prioridad a la salud y al bienestar mental de los ciudadanos en sus políticas sanitarias y a que elaboren estrategias y planes de acción que fomenten tanto la prevención como los hábitos de vida saludables en el terreno de la salud mental.
Este documento se redacta tras la comprobación de la gran magnitud y las graves repercusiones que suponen hoy en día las enfermedades mentales. En él, el Consejo Europeo reconoce explícitamente la importancia de seguir adoptando medidas para mejorar la salud mental de los europeos, en base a los siguientes datos:
·     Los trastornos mentales suponen una de las principales causas de discapacidad en Europa

·     Suponen un gasto económico nada despreciable en lo que se refiere a: menor productividad para las empresas, menor participación en el empleo, aumento del gasto familiar, social y sanitario, etc.

·     La prevalencia de estos problemas es muy elevada (afectan a uno de cada cuatro ciudadanos al menos una vez en la vida).
En cuanto a la intervención, el documento insiste en:
·     El importante papel desempeñado por los denominados “entornos estratégicos”: Todos aquellos entornos que son susceptibles de poner en marcha las mencionadas medidas de prevención e intervención temprana, como podrían ser los lugares de trabajo y los centros educativos.

·     La necesidad de mejorar las infraestructuras creadas para atender la salud mental.

·     La necesidad de fomentar modelos de tratamiento y atención basados en la comunidad y en la participación social (versus el aislamiento)
Para el logro de estos objetivos se hacen las siguientes peticiones a los países miembros:
1)    Tomar medidas que conduzcan a una mayor participación de los sectores sanitario y social, en conjunción con el lugar de trabajo, con vista a apoyar y complementar, cuando proceda, los programas dirigidos a mejorar el bienestar y la salud mental.

2)    Prestar apoyo a las actividades (por ejemplo, los programas de formación) que permitan a los profesionales y responsables de la atención en el ámbito sanitario, social y laboral, abordar las cuestiones relativas al bienestar mental y a la enfermedad mental.

3)    Reforzar el fomento de la salud mental de los niños y jóvenes respaldando las capacidades educativas de los padres, los enfoques escolares encaminados a reducir el acoso escolar y a incrementar las competencias sociales y emocionales, así como prestar apoyo a las familias en las que uno de los padres padece un trastorno mental.

Parece que el Consejo Europeo tiene claro que la acción sobre la Salud y el Bienestar Mental debe ser común y por ello, una de las conclusiones más relevantes de este documento es la de establecer, en el marco del Programa de Salud Pública de la UE de aquí al 2013, una plataforma para el intercambio de opiniones, la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros, cuyo objetivo será definir los mejores enfoques de actuación y las mejores prácticas basadas en la evidencia científica y analizar las posibilidades de actuación en el ámbito de la salud mental.

Se puede consultar más información en:

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2011:202:0001:0003:ES:PDF
Referencias:

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